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Argentina: Ambición de Hub Tecnológico vs. Riesgos de Captura Asimétrica de Valor con el Súper RIGI

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Argentina: Ambición de Hub Tecnológico vs. Riesgos de Captura Asimétrica de Valor con el Súper RIGI

Argentina busca convertirse en un hub global de IA atrayendo inversiones masivas a través del Súper RIGI, un régimen con amplios beneficios fiscales y estabilidad normativa. Si bien el país ofrece condiciones atractivas para centros de datos de hiperescala, el acuerdo comercial con Estados Unidos introduce limitaciones clave, como la prohibición de exigir transferencia tecnológica y restricciones a la imposición de tributos específicos. Esto genera preocupación sobre una posible asimetría en la captura de valor, donde Argentina aporta los recursos mientras las empresas extranjeras retienen la propiedad de los datos y algoritmos, impactando negativamente el desarrollo tecnológico local y la recaudación fiscal futura.

La Apuesta de Argentina por la Inteligencia Artificial: Un Centro de Datos Global

Argentina ha manifestado su ambición de convertirse en un actor relevante en el ecosistema global de la inteligencia artificial (IA), aspirando a ser un importante hub tecnológico. Esta visión, impulsada por figuras como el presidente Javier Milei y sus encuentros con líderes de la industria como Sam Altman de OpenAI, se materializa en el Régimen de Incentivo para Grandes Inversiones (RIGI), una herramienta jurídica diseñada para atraer capitales masivos, especialmente hacia sectores estratégicos como la IA, centros de datos, semiconductores, energía e hidrógeno. El RIGI ofrece un paquete de beneficios fiscales y estabilidad normativa sin precedentes, buscando capitalizar las ventajas geográficas y energéticas del país, como las vastas extensiones de tierra y el clima frío de la Patagonia, ideales para la refrigeración de centros de datos de hiperescala.

El Atractivo del Súper RIGI para Inversiones en IA

Expertos como Gilberto y Milagros Santamaría del Estudio Santamaría, así como Gonzalo Santamaría del Estudio Marval, destacan que el RIGI proporciona estabilidad fiscal, beneficios impositivos y previsibilidad a largo plazo. Estos elementos son cruciales para empresas tecnológicas que requieren inversiones intensivas en capital y periodos de recuperación prolongados. Javier Constanzó, del estudio Tavarone, Rovelli, Salim & Miani, subraya que el régimen se dirige a "nuevas actividades económicas", es decir, desarrollos industriales, tecnológicos o de servicios vinculados a infraestructura digital estratégica que actualmente son experimentales o inexistentes en el país. Los centros de datos de hiperescala, pilares de la infraestructura de IA, encajan perfectamente en esta definición.

Los beneficios específicos del Súper RIGI son significativos:

  • Plazo de Adhesión: Cinco años desde la entrada en vigencia de la ley, con una posible prórroga de un año.
  • Umbral Mínimo de Inversión: 1.000 millones de dólares por proyecto, con el 20% comprometido en los primeros dos años.
  • Impuesto a las Ganancias: Una alícuota reducida del 15%.
  • Dividendos: 7% durante los primeros cuatro años y 3.5% a partir de entonces.
  • Seguridad Social: Alícuota única del 10% sobre contribuciones patronales para nuevas relaciones laborales.
  • Tipo de Cambio: Libre disponibilidad acelerada de cobros de exportación (20%, 40%, 100% al cumplir 1, 2 y 3 años).
  • Estabilidad Normativa: Garantía de 30 años en materia fiscal, aduanera, cambiaria y de seguridad social.
  • Incentivos Provinciales: Las provincias y municipios que adhieran al régimen no podrán imponer impuestos sobre los Ingresos Brutos mayores al 0.5%, ni Impuesto de Sellos o regalías, y se prohíbe la creación de nuevos impuestos sobre estas actividades. Sergio Caveggia de EY Argentina enfatiza la importancia de esta estabilidad y la coordinación federal.

Estas condiciones, sumadas a la energía disponible, las grandes extensiones de tierra, el talento técnico local y una estructura de costos competitiva, posicionan a Argentina como un destino potencialmente atractivo para la instalación de esta infraestructura tecnológica.

El Lado B: El Acuerdo Comercial con Estados Unidos y la Asimetría de Valor

Sin embargo, la estrategia de Argentina no está exenta de riesgos, y un análisis conjunto del RIGI y el acuerdo bilateral de comercio e inversión con Estados Unidos, particularmente su capítulo digital, revela implicaciones estructurales. Este acuerdo introduce una serie de compromisos que, aunque formalmente neutrales, actúan como restricciones prospectivas sobre la capacidad regulatoria del Estado argentino. Entre los puntos más críticos se encuentran:

  • Limitación de Tributos Específicos: Restricción para imponer impuestos específicos sobre servicios digitales que puedan afectar a empresas estadounidenses.
  • Prohibición de Transferencia Tecnológica: Impedimento para exigir transferencia de tecnología o acceso al código fuente.
  • Libre Circulación de Datos: Reconocimiento de este principio como rector.

Los expertos Santamaría advierten sobre la "asimetría en la captura de valor" que emerge de este esquema. Mientras Argentina aporta los recursos esenciales –energía, territorio y condiciones impositivas favorables–, las empresas tecnológicas extranjeras conservan el control de los datos, la propiedad de los algoritmos y, fundamentalmente, la titularidad de la renta generada. Esto dibuja un modelo de inserción internacional que podría ser más pasivo para Argentina dentro de la cadena de valor digital.

Desafíos y Oportunidades Perdidas

A nivel internacional, la instalación de grandes centros de datos suele ir acompañada de marcos regulatorios específicos que demandan, entre otras cosas, el uso de energías renovables, compromisos de inversión en investigación y desarrollo local, participación de universidades y centros tecnológicos, y transferencia de capacidades técnicas. El esquema argentino, en contraste, presenta un menor nivel de condicionalidad, lo que podría limitar el desarrollo endógeno de capacidades tecnológicas y la modernización de la infraestructura local.

Además, la falta actual de un marco regulatorio específico para centros de datos en Argentina, que aborde el consumo energético, el uso del agua, el tratamiento de datos o la integración tecnológica local, es una preocupación. Esta carencia, combinada con las limitaciones impuestas por el acuerdo bilateral, podría derivar en un modelo donde el valor se crea en el territorio argentino a través del consumo y la interacción de usuarios, pero la estructuración jurídica de los ingresos se localiza fuera del país.

Desde una perspectiva tributaria, este escenario plantea un riesgo significativo. Los expertos Santamaría concluyen que el problema no radica en la recaudación actual, sino en la restricción futura de la capacidad del Estado para gravar una economía digital en constante evolución. Es decir, lo que potencialmente no podrá recaudarse en el futuro podría ser una pérdida considerable para el país.

En síntesis, si bien el Súper RIGI representa una oportunidad tangible para atraer inversiones y posicionar a Argentina en la vanguardia tecnológica, es crucial evaluar si el marco actual garantiza una participación equitativa en la creación y captura de valor, evitando que el país se convierta meramente en un proveedor de recursos y un receptor pasivo de infraestructura tecnológica, sin los beneficios colaterales de desarrollo local y soberanía digital.