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Programa de Desendeudamiento en CABA: Una Herramienta para Navegar el Sobreenendeudamiento Familiar

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Programa de Desendeudamiento en CABA: Una Herramienta para Navegar el Sobreenendeudamiento Familiar

El Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires ha reglamentado el Programa de Desendeudamiento Familiar y Personal, una iniciativa crucial para aliviar la carga de deudas de consumo en un contexto de creciente morosidad. La medida, que no contempla subsidios, permite la refinanciación de tarjetas de crédito y préstamos personales a tasas y plazos más favorables, con requisitos específicos para los beneficiarios y el incentivo de una reducción impositiva para los bancos adheridos. Este programa busca prevenir la exclusión crediticia y estabilizar la economía familiar, comenzando a operar para solicitantes 60 días después del cierre de adhesión de las entidades financieras el 31 de julio de 2026.

La Ciudad Autónoma de Buenos Aires ha dado un paso significativo en la gestión del sobreendeudamiento familiar y personal con la reglamentación de la Ley 6.959, que establece el Programa de Desendeudamiento Familiar y Personal. A través del Decreto 248/2026, el Gobierno porteño formaliza una iniciativa diseñada para ofrecer un respiro financiero a miles de residentes que luchan con deudas de consumo, en un contexto de creciente morosidad y dificultades económicas.

El Desafío del Endeudamiento de los Hogares

El escenario económico actual presenta un panorama complejo para muchos hogares. Si bien se observa una recuperación del crédito al consumo, impulsada por la desaceleración de la inflación y la competencia entre entidades financieras, esta expansión ha venido acompañada de un preocupante aumento en los niveles de morosidad. Especialmente, los préstamos personales y las tarjetas de crédito han mostrado un incremento en los incumplimientos, afectando a familias cuyos ingresos no logran seguir el ritmo del costo de vida. Esta situación lleva a muchos a la exclusión del sistema financiero formal, profundizando su vulnerabilidad.

Frente a este telón de fondo, la Ciudad de Buenos Aires busca intervenir no con subsidios directos o condonaciones, sino con un mecanismo que permita reestructurar deudas existentes. El objetivo es claro: prevenir el deterioro crediticio, reducir la carga financiera de los hogares y favorecer la regularización de pasivos antes de que la situación se vuelva insostenible. Este enfoque distingue al programa de otras medidas de asistencia, al apostar por la sustitución de obligaciones mediante nuevas líneas de financiamiento con condiciones más favorables, manteniendo la responsabilidad del deudor.

Un Marco Regulatorio para la Estabilidad Financiera

El Ministerio de Hacienda y Finanzas de la Ciudad ha sido designado como autoridad de aplicación, encargado de coordinar la adhesión de las entidades financieras y supervisar el cumplimiento del programa. La Ley 6.959, ahora reglamentada, implementa un esquema de refinanciación donde el Banco Ciudad y otras entidades financieras adheridas ofrecerán créditos especiales. Estos nuevos préstamos están diseñados para cancelar o refinanciar deudas de consumo preexistentes, permitiendo a los beneficiarios consolidar múltiples compromisos financieros, a menudo con tasas elevadas, en un único crédito con un costo financiero menor y un plazo de devolución más extenso.

Requisitos Clave para Acceder al Programa

La normativa es precisa en cuanto a quiénes pueden acceder, buscando focalizar la ayuda en quienes realmente lo necesitan. Los solicitantes deberán cumplir simultáneamente con los siguientes criterios:

  • Tener deudas originadas exclusivamente en tarjetas de crédito o préstamos personales otorgados por entidades financieras.
  • Estar registrados en la Central de Deudores del Banco Central en Situación 2 (entre 60 y 90 días de mora) o Situación 3 (entre 90 y 180 días de atraso), tomando como referencia el 1 de junio de 2026.
  • Poseer ingresos familiares inferiores a diez Salarios Mínimos, Vitales y Móviles.
  • Acreditar que las cuotas de las deudas representan más del 30% de los ingresos del hogar.
  • Tener domicilio real en la Ciudad de Buenos Aires con al menos dos años de antigüedad.

Se excluye del programa a aquellos que sean titulares de más de un inmueble, vehículos de menos de cinco años de antigüedad (salvo uso laboral), embarcaciones, aeronaves u otros bienes suntuarios. Tampoco podrán acceder quienes posean activos financieros (plazos fijos, bonos, acciones, fondos comunes de inversión, moneda extranjera) cuyo valor supere el monto de la deuda a refinanciar, o quienes hayan realizado operaciones de compra de divisas durante el período de generación de las deudas. Estas exclusiones buscan asegurar que el programa beneficie a personas con vulnerabilidad financiera genuina.

Condiciones de los Nuevos Créditos y Rol de las Entidades

Los créditos que se otorguen bajo este programa tendrán condiciones específicas para maximizar su impacto positivo: una Tasa Nominal Anual fija máxima del 35% y un plazo mínimo de devolución de 24 meses. Las entidades financieras pueden ofrecer condiciones aún más favorables si así lo desean. Es crucial destacar que el dinero no podrá ser utilizado libremente por el beneficiario; los fondos serán transferidos directamente a los acreedores para garantizar la cancelación de las obligaciones previstas por la ley.

La reglamentación también introduce una línea específica a través de Ciudad Microempresas S.A.U. para emprendedores y trabajadores no registrados, un segmento que históricamente enfrenta mayores barreras para acceder al crédito formal. Esto demuestra una comprensión de las particularidades del mercado laboral informal.

Para incentivar la participación del sector bancario, la Ley 6.959 prevé un beneficio tributario: las entidades que otorguen préstamos dentro del programa accederán a una reducción del 50% del Impuesto sobre los Ingresos Brutos correspondiente a los intereses obtenidos por esos créditos. Este incentivo busca mitigar el menor rendimiento financiero que implica la tasa máxima fijada, fomentando una mayor adhesión de los bancos.

Cronograma y Expectativas Futuras

La reglamentación establece un cronograma claro para la implementación. Las entidades financieras bancarias y no bancarias tienen plazo hasta el 31 de julio de 2026 para adherir al programa. Una vez finalizado este período, comenzará a correr un plazo de 60 días corridos para que los potenciales beneficiarios puedan solicitar las líneas especiales de crédito. Este proceso garantiza que el programa no solo tenga un marco legal, sino también una estructura operativa sólida para su lanzamiento.

En síntesis, el Programa de Desendeudamiento Familiar y Personal de la CABA representa una política activa para abordar el creciente problema de la morosidad en el crédito al consumo. Al facilitar la refinanciación de deudas bajo condiciones más justas y accesibles, la Ciudad busca no solo aliviar la presión financiera sobre miles de familias, sino también fortalecer la estabilidad económica de sus residentes, promoviendo la inclusión y la salud del sistema financiero local. Su éxito dependerá de una combinación efectiva de la adhesión de las entidades financieras y la capacidad de los ciudadanos para aprovechar esta valiosa herramienta.